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19 febrero 2019

¿Qué debo hacer (y no hacer) ante un inquilino moroso?

En el momento que decides alquilar una vivienda de tu propiedad, el temor siempre es el mismo: impago por parte del inquilino. Confiar en que el arrendatario cumplirá religiosamente con los pagos es una capacidad que debes tener en mente si quieres alquilar tu inmueble. Por ello, muchos son los que, a la hora de firmar el contrato, piden una fianza de varios meses por adelantado así como documentación laboral del arrendatario para constatar cierta fiabilidad. Del mismo modo, también es recomendable gestionar el alquiler de una propiedad a través de servicios profesionales para evitar que sucedan casos de atraso en los pagos. Así pues, si tienes la casa perfecta para alquilar, en las siguientes líneas te contamos qué hacer (y qué no hacer) ante un inquilino moroso.

Como ya hemos comentado, el hecho de pedir una fianza por adelantado asegura tener una cantidad reservada para futuras deudas. También hay quien apuesta por la opción de un seguro de impago de alquiler con el que poder cubrirse de los meses no abonados por el inquilino y de los costes judiciales del futuro proceso de desahucio.

Consejos para tratar con un inquilino moroso

No obstante, si tu inquilino deja de pagarte, lo primero que debes hacer es contactar con él de forma amistosa ya que quizá haya tenido algún problema puntual y esté esperando a resolverlo para pagar lo que adeuda. Si ante esta situación, el arrendador se mantiene impasible y no ofrece soluciones al problema, el siguiente paso es enviarle un burofax en el que le informes de la situación y del importe que te debe. Esta medida sirve para intentar alcanzar un acuerdo amistoso con el inquilino y para tener una documentación fiable en caso de que haya que recurrir a la vía judicial para solucionar el problema.

Llegados a este punto y si el arrendatario continúa debiendo mensualidades es el momento de interponer una demanda. Una vez el inquilino reciba la notificación, dispone de un plazo de 10 días para desalojar el inmueble, pagar la totalidad de la deuda pendiente (enervar la acción) o bien alegar la demanda indicando su oposición a la cantidad reclamada. Cabe mencionar que si el inquilino ha recibido el burofax 30 días antes de la demanda y ha hecho caso omiso no tendrá la oportunidad de enervar la acción.

En este sentido, si el arrendatario hace frente  a la demanda y abona la deuda se pondrá fin al proceso de desahucio. Por contra si el inquilino ha recibido la demanda y muestra su oposición, el siguiente paso será la celebración de un juicio para dictar sentencia y decidir qué sucede. Si el desahucio se hace efectivo, una comisión judicial será la encargada de hacer abandonar al inquilino la vivienda: muy importante, como propietario, no intervenir y dejar que sea la justicia la que haga su papel.

Lo que no debes hacer ante un inquilino moroso

Si eres propietario de una vivienda a la que le adeudan mensualidades es esencial que mantengas la calma  y dejes el tema en manos de la justicia. Por tanto, te recomendamos que no tomes medidas drásticas contra el inquilino tales como cambiar la cerradura del inmueble; cortar los suministros de luz, agua o gas; o amenazarlo verbal o físicamente. Tampoco debes descuidar el estado de habitabilidad de la vivienda, ya que el inquilino podría achacar este motivo al adeudo de las mensualidades. Por último, ante una situación de impagos no olvides tener paciencia y en ningún caso pongas en venta la vivienda, ya que podría volverse en tu contra.

Como en muchas ocasiones, en este tipo de situaciones, lo más recomendable es dejar el caso en manos de profesionales. Alquilar un inmueble conlleva muchas decisiones intrínsecas que, a priori, como propietario no te planteas. Por ello, desde Grupo Inmobiliario Narsan estamos para ayudarte. ¡Contacta con nosotros!

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